miércoles, 11 de junio de 2025

Los/as Educadores/as Sociales en los Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEPEM) / Ed. Soc. Tatiana Romano. Mag. Lic. Vicente Cancellara

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Desde sus orígenes, la formación y labor de los/as Educadores/as Sociales se ha encontrado muy vinculada a las infancias y adolescencias. No obstante, en la última década, puede visualizarse una ampliación del campo de acción, encontrándose cada vez más experiencias de trabajo directo con personas adultas y adultas mayores. 

En sintonía con el punto anterior, es menester subrayar la idea cada vez más extendida de «aprendizaje a lo largo (ancho y profundo) de toda la vida», concebida como un nuevo «arquetipo» en el campo educativo. En una sociedad cada vez más envejecida, se entiende fundamental (re)pensar y (re)diseñar políticas públicas direccionadas con especificidad a las personas adultas mayores, en las que la veta educativa debería ser especialmente considerada. Además, esto adquiere mayor relevancia en el caso de nuestro país, si se considera los resultados del último censo nacional, que revelan que un 16% de la población uruguaya tiene 65 años o más, con una esperanza de vida en franco ascenso (Instituto Nacional de Estadística (INE), 2023). 

En este contexto de transformación demográfica y ampliación del campo de acción de la Educación Social hacia las personas adultas mayores, se vuelve indispensable profundizar en una noción clave: el cuidado. 

Éste, como derecho humano y como responsabilidad social, ha ido ganando fuerza en las últimas décadas, tanto en el plano internacional como en las políticas públicas de nuestro país. En el año 2015 a través de la Ley n° 19.353 surge el Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC) como respuesta a una necesidad histórica: construir un modelo de corresponsabilidad en los cuidados, integrando acciones provenientes del Estado, el ámbito privado, el comunitario y el familiar. Ese mismo año, a nivel internacional, se aprueba en el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA) la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, instrumento que Uruguay ratifica al año siguiente mediante la Ley nº 19.430. Entre los principios que establece la Convención, se encuentra el derecho de las personas adultas mayores a expresar sus preferencias sobre los cuidados que desean recibir y a participar activamente en las decisiones que conciernen a su vida. 

En este escenario caracterizado por las transformaciones demográficas, el aumento sostenido de la esperanza de vida y la diversidad de las vejeces, el cuidado se plantea como una «cuestión social». Ante este contexto, el SNIC despliega una serie de servicios que contemplan distintos niveles de necesidad: desde la asistencia personal o la teleasistencia domiciliaria, hasta formas de cuidado institucional como los Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEPEM) (popularmente conocidos como residenciales). 

Así pues, retomando lo mencionado anteriormente, la reglamentación que rige en los ELEPEM estipula la presencia de un profesional del área social —irrumpiendo con la visión estrictamente sanitaria— entre los que se incluye dentro de las formaciones pertinentes para ocupar este rol a los/as Licenciados/as en Trabajo Social, Psicólogos/as y Educadores/as Sociales (Decreto n.° 356/016, Uruguay, 2016 y Ordenanza n.° 1032/19, Ministerio de Salud Pública (MSP), 2019). 

No obstante, en un relevamiento realizado recientemente en el marco de un trabajo de grado en el Instituto de Formación en Educación Social (IFES) se pudo visualizar que, actualmente, del total de ELEPEM registrados en el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) (1.260), solamente 533 establecimientos cuentan con la figura del profesional del área social. En lo que refiere a las formaciones de estas personas, 350 tienen título de Psicólogo/a, 181 de Trabajador/a Social y tan solo 2 son Educadores/as Sociales. 
 
Esto invita a reflexionar sobre el abordaje académico, epistemológico, práctico y presencial que desde la Educación Social se realiza en cuanto a los diversos espacios de circulación de las personas adultas mayores. En un ámbito como los ELEPEM, donde lo sanitario se constituiría como un encargo indiscutido y lo social comienza a emerger con mayor presencia —sobre todo desde la reglamentación del Decreto n.° 356/016— la presencia de los/as Educadores/as Sociales desde el rol de profesional del área social, podría brindar la posibilidad de que lo educativo social acontezca en el mencionado ámbito. 

Si bien el número de Educadores/as Sociales en ELEPEM es aún exiguo, el hecho de que la formación sea contemplada en la normativa, la posiciona en un lugar de reconocimiento formal y le confiere otro grado de importancia. En este contexto, desbordando las nociones con las que históricamente se ha encontrado vinculada la educación, los Educadores/as Sociales podrían implementar acciones con las personas adultas mayores que allí residen y reforzar así un verdadero «aprendizaje a lo largo (ancho y profundo) de toda la vida». 

Para más información, véase la monografía de egreso de Romano, Tatiana (2024) Los ELEPEM como ámbito de acción para la Educación Social en Uruguay. Montevideo: IFES, CFE.

Referencias bibliográficas:

Instituto Nacional de Estadística (INE) (2023). Censo de población, hogares y vivienda 2023 (Uruguay). Recuperado de https://www.gub.uy/instituto-nacional-estadistica/censos2023pvh
 
Ministerio de Salud Pública (MSP) (2019, agosto 22). Ordenanza n.° 1032/109: Establecimientos de larga estadía para personas mayores. Recuperado de https://www.gub.uy/ministerio-desarrollo- social/institucional/normativa/ordenanza-n-1032019-ordenanza-1032-2019 

Uruguay (2015, noviembre 27). Ley n° 19.353. Creación del sistema nacional integrado de Cuidados (SNIC). Recuperado de https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19353-2015

Uruguay (2016, septiembre, 8). Ley n° 19.430. Aprobación de la convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores. Recuperado de https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19430-2016
 
Uruguay (2016, noviembre 14). Decreto n.° 356/016: Reglamentación relativa a la regulación, habilitación y fiscalización que ofrezcan servicios de cuidados a personas mayores. Recuperado de https://www.impo.com.uy/bases/decretos/356-2016

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